Respuestas de foro creadas

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    en respuesta a: Grafoscopia #5939
    Fecha: 23.04.2013  
    Autor: Matilde Ramírez  
     
    Señor Baltar, con su pregunta está reconociendo que NO HAY CAMBIO ¿Qué motivos nos diría usted para mantener el mismo protocolo de análisis?. Afectuosos  
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    en respuesta a: Grafoscopia #5938
     
    Fecha: 23.04.2013 
    Autor: Jorge Baltar 
     
    Matilde ¿Qué propone como cambio? 
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    en respuesta a: Grafoscopia #5937
    Fecha: 23.04.2013  
    Autor: Matilde Ramírez  
     
    Cansa tanto al emisor como al receptor. Esto hace que el volumen de los escritos sean más sintéticos. Un estilo lógico por la época en la que vivimos. La comunicación es más abreviada, concisa, elemental y funcional ¿En menos espacio se dice más, quizás? Es una pena, pero el hecho de escribir extensamente, ¿es y será un "deporte extraordinario"? Por ende, el protocolo de análisis debería ser acorde a los tiempos. Abrazos. Matilde  
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    en respuesta a: Grafoscopia #5935
     
    Fecha: 23.04.2013 
    Autor: Jaime Santillana 
     
    Sigue vigente y seguirá…jajajaja pero por desgracia hacer un curso hoy 23 de abril no quiere decir que el método sea actual, sino lo mismo de siempre y piensa que la psicología, psiquiatria, neurologia, etc avanza, investiga y aporta novedades a los tiempos actuales. ¿Qué de nuevo hay en grafología? Lo mejor es que responda alguien experto en la materia y no carguemos con la responsabilidad de  algo que no manejamos propiamente, digo yo por mi, jajajaja. Slu2. Jaime  
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    en respuesta a: Grafoscopia #5933
     
    Fecha: 22.04.2013
    Autor: Matilde Ramírez
     
    Hoy día no es habitual ocupar un folio. Personalmente escribir más de dos párrafos me cansa y no soy capaz de seguir. Antes era normal escribir paginas y folios y luego firmar.Actualmente escribir más de tres párrafos puede ser algo fuera de lo normal. Si cambian las costumbres, también tiene que cambiar el patrón para un análisis. Algunos patrones para analizar firmas me resultan bastante ingénuos y apropiados para niños. Escribir hoy dia es más funcional y menos asceta. ¿Están de acuerdo?

    que lo compartas públicamente "antes de" y te orientes mejor. Espero haberte servido de algo. José Luis Ramírez 

     
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    en respuesta a: Grafoscopia #5932
    Fecha: 20.04.2013 
    Autor: Jose Luis  
     
    Hay una gran diferencia entre "grafoscopia" y "grafología". Son objetivos diferentes y se utilizan en diferentes campos de actividad. La grafoscopia es lo que entendemos por "Pericias Caligráficas". La grafoscopia es objetiva y se requieren varios documentos para comparar y la grafología es de interpretación subjetiva y con solo un documento se puede realizar un análisis subjetivo válido. Sobre libros, depende qué tipo de lectura quieres. Como verás en 2 términos hay muchas diferencias porque son mundos específicos diferentes aunque estén en el mismo barrio. Es un riesgo comprar sin referencias y sobre todo porque muchos libros no están actualizados y siguen estando en venta. En cualquier caso, si te decides a comprar un libro estaría bueno que lo compartas públicamente "antes de" y te orientes mejor. Espero haberte servido de algo. José Luis  
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    Fecha: 22.04.2013  
    Autor: Victor  
     
    Señora Matilde pasamos su comentario como "nuevo comentario" (al principio). Se agradece seguir la conversación arriba.  
     
    Cordiales, 
    S&O  
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    Fecha: 22.04.2013  
    Autor: Matilde Ramírez  
     
    Opino igual. Hoy día no es habitual ocupar un folio. Personalmente escribir más de dos párrafos me cansa y no soy capaz de seguir. Antes era normal escribir paginas y folios y luego firmar.Actualmente escribir más de tres párrafos puede ser algo fuera de lo normal. Si cambian las costumbres, también tiene que cambiar el patrón para un análisis. Algunos patrones para analizar firmas me resultan bastante ingénuos y apropiados para niños. Escribir hoy dia es más funcional y menos asceta. ¿Están de acuerdo?  
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    Fecha: 22.04.2013 
    Autor: Alberto 
     
    Me refería al cotejo de firmas en pericias (comparar con otras firmas). El patrón refrito de grafoanálisis es texto y firma, aunque hay un importante "inciso" y es que en criminalística te puedes encontrar cuaquier retazo/porción de manuscrito como prueba para analizar, en tal caso el grafólogo tiene que estar preparado para interpretar desde cualquier ángulo ya que en muchos casos tener un folio (o varios) y una firma puede ser "un sueño". 
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    Fecha: 21.04.2013 
    Autor: Alberto C.  
     
    Querida María, antes se hacía más hincapié en firmar o se lo tomaban más enserio. Hoy día encasillar a alguien por la razón de una firma me parece especialmente delicado. Diferente es, detectar si se trata de "x" individuo el que firma (grafoscopia) y para ello, como alguien ha escrito en un post, hace falta compararlo con otras firmas. Psicológicamente evaluar a través de una firma, ni confirmo – ni descarto. Felices. A.  
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    Fecha: 17.04.2013 
    Autor: Begoña Abad 
     
    Es verdad, ¿los actores o personajes públicos? Como actor, Curro Jiménez y en realidad José
    Sancho ¿??. En ambos casos tiene 2 firmas diferentes y tal vez con diferentes decorados. El ¿resultado sería el mismo en el apartado firmas?. En un escrito es lógico porque escribes lo que sea, siempre es tu letra pero en una firma puede variar, mucho o nada, aunque sea la misma persona. 
     
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    Fecha: 15.04.2013  
    Autor: Jaime Santillana  
     A mi también me interesa la "S" en todas sus variedades. Yo también me he preguntado lo mismo que dices Susan. Aunque ha de mirarse en su contexto, pero una "mayúscula" es una mayúscula en ciertas partes del escrito y mucho más en una firma porque te va la vida p ersonal en ello. Comparto tu pregunta.  
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    Fecha: 15.04.2013
    Autor: Jaime Santillana
     
    No sé si tendrá algo que ver, pero las pinturas rupestres y con el rupestrero delante se hubiera podido hallar mucha información. Me ha venido este ejemplo de dibujo a la mente.
     
     
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    Fecha: 14.04.2013 
    Autor: Blanca 
     
    Estoy de acuerdo. No todos los dibujos tienen el mismo propósito. En los casos de test del árbol, familia, paisajes, humanos, es conveniente estar delante de la persona que realiza el dibujo ya que se extrae información importante, cómo posiciona los dedos, por dónde empieza y termina el dibujo, por qué hace esto o aquello, qué significan algunos items. Averiguar que es lo que está tratando de expresar el propio autor y lo que en realidad está plasmando. 
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    El mundo y el análisis de los dibujos puede tener interpretaciones muy extravagantes. Tanto como lo pueden ser los sueños. Sabemos que están indicando algo, pero su interpretación es variopinta para un adulto. Considero que es conveniente tener al niño delante para su mejor interpretación. Ellos no viven la vida como nosotros la vivimos, con lo cual detalles que para nosotros no tienen la menor importancia aparentemente para ellos es una forma de expresión simbólica que les afecta mucho. Es preciso además la interpretación verbal del niño por muy inconexa que esta parezca. Sabemos que los dibujos son un elemento de expresión mucho más antiguo que lo puede ser la escritura. Nos acompaña desde que el hombre es hombre.  
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    Fecha: 12.04.2013 
    Autor: Alberto C. 
     
    "SIN AUTORIZACIÓN" en grafología, y si se trata de un PERSONAJE PÚBLICO.   En realidad el grafólogo es libre de exponer su criterio públicamente "con error o sin error" siempre y cuando no sea CALUMNIA/INJURIA y/o no atente CONTRA EL HONOR de dicho personaje público. En términos generales, en España, una palabra muy protectora al "delito", por ejemplo, es la palabra "SUPUESTAMENTE…" precedida de la noticia. 
    El asunto de todo esto es que "si se puede" hacer un informe público de un personaje público si no incurrimos en los delitos que nuestro colega de profesión Antonio ha citado. Saludos. A. 
     
     
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    Fecha: 11.04.2013
    Autor: Antonio Antón (Abogado)
     
    Buenas, sin entrar mucho en detalles entiendo humildemente que "la opinión de cada uno" al respecto la grafología de un personaje público, en este caso es libre, pudiendo determinar y argumentar esa opinión por medio de técnicas u otras cuestiones objetivas sobre esta materia. Esa opinión entiendo, en principio, no entra en conflicto con la vulneración del derecho al honor que pudiera producirse sobre este PERSONAJE PÚBLICO.
    Es decir, no es lo mimo decir: “EL SEÑOR X es un psicópata”, que decir, “EL SEÑOR X en mi opinión reúne los requisitos que se dan en conductas psicopáticas”. ES más una cuestión terminológica. 
     
    En cuanto a las conductas que castiga el código penal en relación al honor de las personas son: 
     
    TÍTULO XI. DELITOS CONTRA EL HONOR. CAPÍTULO I. DE LA CALUMNIA.
     
    Artículo 205.
    Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
     
    Artículo 206. 
    Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.
     
    Artículo 207.
    El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.
     
    CAPÍTULO II. DE LA INJURIA.
     
    Artículo 208.
    Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
    Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.
    Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
     
    Artículo 209.
    Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.
     
    Artículo 210.
    El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando éstas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de faltas penales o de infracciones administrativas.
     
    CAPÍTULO III. DISPOSICIONES GENERALES.
     
    Artículo 211.
    La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante.
     
    Artículo 212.
    En los casos a los que se refiere el artículo anterior, será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria.
     
    Artículo 213.
    Si la calumnia o injuria fueren cometidas mediante precio, recompensa o promesa, los Tribunales impondrán, además de las penas señaladas para los delitos de que se trate, la de inhabilitación especial prevista en los artículos 42 ó 45 del presente Código, por tiempo de seis meses a dos años.
     
    Artículo 214.
    Si el acusado de calumnia o injuria reconociere ante la autoridad judicial la falsedad o falta de certeza de las imputaciones y se retractare de ellas, el Juez o Tribunal impondrá la pena inmediatamente inferior en grado y podrá dejar de imponer la pena de inhabilitación que establece el artículo anterior.
     
    El Juez o Tribunal ante quien se produjera el reconocimiento ordenará que se entregue testimonio de retractación al ofendido y, si éste lo solicita, ordenará su publicación en el mismo medio en que se vertió la calumnia o injuria, en espacio idéntico o similar a aquél en que se produjo su difusión y dentro del plazo que señale el Juez o Tribunal sentenciador.
     
    Artículo 215.
     
     
    Artículo 216.
    En los delitos de calumnia o injuria se considera que la reparación del daño comprende también la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos, en el tiempo y forma que el Juez o Tribunal consideren más adecuado a tal fin, oídas las dos partes.
     
    Espero haya servido de algo mi aportación.
     
    Un saludo.
    Antonio Antón
     
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    Número de entradas: 1473
    Fecha: 11.04.2013
    Autor: marlene
     
    mira cuando estudie grafologia nos dijeron k sin auotrizacion de la persona no se puede hacer analsis- en RRHH -seleccion de personal se le dice k se va analizar. ahora en estos casos de personajes publicos estan las info las firmas ,en las redes me parece k deja de ser privado de todas maneras kien te da la veracidad k sea esa la firma-igual no es lo mismo q tener el escrito en la mano, scaneado se pierde mucho material-+ info de su persona- aki en iguazu en una epoca les hice a los candidatos para intendente etc. la firma en la radio logico con su autorizacion de toda formas solo con eso no sale el anlisis completo era + bien ludico saludos
    Marlene
     
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    Número de entradas: 1473
    Fecha: 10.04.2013 
    Autor: Alberto C. 
     
    Casos con "intención criminal". El lingüista forense no solo utiliza fonética , también se vale de otras herramientas como la estructura del léxico escritural, perito calígrafo forense, etc., y en el ambiente que se precise y sea necesaria la intervención del lingüista siempre y cuándo sean con dicha intención. Saludos. 
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    Número de entradas: 1473
    Fecha: 09.04.2013
    Autor: Alberto C.
     
    Recogiendo datos referenciados de Roger W. Shui, el tema es muy metódico y de EXHAUSTIVA OBSERVACIÓN (tanto a nivel técnico como profesional pericial). 
    Por ejemplo, y a muy grandes rasgos, si un determinado tema es recurrente en una conversación, el significado de dicha recurrencia abre varias vías de análisis para un lingüista forense.
    Muy variado y complejo, puesto que, se utilizan diferentes herramientas de análisis, tales como: fonética, fonología, morfología, sintaxis, semántica, pragmática magnetofónica y/o escritural, el análisis del propio discurso, la sociolingüística, la dialectología y el cambio lingüístico. Cada herramienta tiene una aplicación concreta para el lingüista. 
    Por ejemplo, se usan conocimientos de fonética para transcribir los sonidos del lenguaje oral registrados en una cinta, para que los miembros del jurado puedan seguir el hilo conductor de la conversación con más facilidad (La fonética es una herramienta esencial en casos de identificación de hablantes) 
    Los métodos y técnicas de la sociolingüística y la dialectología son de gran utilidad en casos de determinación de autoría. Las herramientas semánticas se usan para desambiguar oraciones complejas y resolver la ambigüedad referencial. El análisis del dicurso quizás sea el instrumento más importante en casos dónde las pruebas evidenciales se desprenden de grabaciones magnetofónicas, en gran parte porque la estructura de la conversación suele ser un factor esencial para determinar la intencionalidad del hablante. Realizar un análisis de discurso supone obviamente que el resto de herramientas entren necesariamente en juego, ya que cuanto más grande sea la unidad de análisis, más amplio será el abanico de herramientas requerido.
    El estudio es pormenorizado, tanto en el contenido del mensaje como en el continente estructural del mismo (este sea por escrito físico o por la vía oral conversacional) El lingüista aporta una información de gran valor para su posterior determinación ante un tribunal de justicia.
     
    Sería de gran ayuda para estudintes de otras discipinas, que se valen de los lingüistas, contrastar o ampliar esta información teórica extraída (y para todos los interesados sobre el mismo)
     
    Gracias por sacar este tema y anticipadas para los que se animen a  a esta efectiva herramienta "Lingüistica Forense". Buen día a todos!
     
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    Número de entradas: 1473
    Fecha: 09.04.2013 
    Autor: Begoña Abad 
     
    ¿por ejemplo qué multinacionales?. Me alegra que así sea y que no sea el grafólogo el que dictamine, ya que considero que hay que tener una profunda especialización en el mundo laboral para determinar una vacante y no debe ser su responsabilidad. E igual que se hacen oposiciones y exámenes a nivel local o territorial, con el perfil de ese lugar debe tenerse en cuenta a la hora de sacar lo apropiado para un determinado puesto de trabajo. 
    Las funciones que ha de desempeñar cada empleado tiene un margen de matices diferentes según el territorio a aplicar. Considero que los hábitos y las cotumbres, etc. no sean las mismas y el perfil tampoco sea lo mismo, aunque hayan aspectos generales a cada puesto. Por eso decía antes que inclusive puede variar mucho más dependiendo de quién lo solicite, el propio empresario (más exigente) o un departamento que se dedica a ello (más genérico) aunque al final "la voz predominante" sea también la del empresario. Gracias! por todas las respuestas. 
    Begoña 
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    Número de entradas: 1473
    Fecha: 06.04.2013 
    Autor: Jaime Santillana 
     
    Hola de noche. Lo que deberíamos es adjuntar a nuestro CV y Carta de Presentación, nuestro grafoanálisis vocacional, aunque no lo pidan, a ver si va aumentando la salida profesional en RH. "Conquistar por los ojos", ¡toma! además del CV aquí tienes mi análisis para que veas mis cualidades.. jajajajajaja 
     
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    Número de entradas: 1473
    Fecha: 06.04.2013  
    Autor: Begoña Abad  
     
    En Valencia y en otras ciudades de España. Igual tiene que ver con el asunto de la oficialidad y prefieren utilizar a psicólogos especializados en RRHH que tienen su carrera oficial. Digo yo que puestos a elegir prefieren personas con acreditacion oficial. Al menos en mi país, no tengo noticias del uso de la grafologia para estos menesteres. Contradictorio pero no encuentro respuestas de ejemplos claros dónde se suele aplicar. Me gustaría estar equivocada.  
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    Número de entradas: 1473
    Fecha: 06.04.2013  
    Autor: Begoña Abad  
     
    De España, Comundad Valenciana. Veo útil la grafología en selección pero su aplicación es lo que me hace dudar. Amigos que se presentan a vacantes oficiales no les hacen pruebas de grafología, sin embargo en el sector empresarial privado que tampoco veo que se practique este tipo de prueba sigo pensando que me atrae más que otro tipo de técnica, pero por lo general no tengo noticias personales de ser un recurso extendido laboral hoy día en Valencia, al menos. No debería ser así  
    Sencillez Orden
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    Número de entradas: 1473
    Fecha: 05.04.2013 
    Autor: Begoña Abad 
      
    Gracias, pero lo que sigo pensando es que RRHH en grafología no debe ser UNIVERSAL, por las propias diferencias que hay en cada lugar. No termino de verlo práctico si no es territorial. Tal y cómo están las cosas, sigo sin tener claro, si se demanda mucho la grafología en selección de personal por las propias empresas o empresarios. 
    Lo veo práctico y útil pero ¿se aplica realmente? ¿se recurren a grafólogos cuando hay que ocupar un puesto de trabajo o se utilizan otros métodos psicotécnicos? 
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