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9 noviembre, 2015 a las 10:25 pm
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unión estable entre dos personas que no han seguido las formalidades exigidas para el matrimonio, o cuando se trata de personas del mismo sexo. El tribunal supremo ha exigido para reconocer su existencia 1) requisitos objetivos la convivencia more uxorio, vida común en el mismo domicilio, relación estable y notoria, cumplimiento voluntario de los deberes del matrimonio y ausencia de formalidades; 2) requisitos subjetivos pareja heterosexual u homosexual, afecto, relaciones sexuales y madurez.