la noción de perjuicio está íntimamente ligada al concepto "daño" y el tratamiento de la cuestión, involucra el examen de ambos elementos constitutivos de la responsabilidad civil en forma unitarizada. Tal es la moderna interpretación, que inclusive, va apuntando esta sinonimia con preferencia a otras de igual sentido, tales como "daños e intereses" "pérdidas o intereses", etcétera. Daños y perjuicio, no obstante, cabe considerar que si bien desde el punto de vista semántico amabas palabras tiene igual significado en sus orígenes diferían en su alcance y cada una de ellas poseía una autonomía particular.
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