para recaséns, las varias oposiciones contra las doctrinas racionalistas del derecho natural. Se le asignan calificaciones distintas según las tendencias; como el historicismo romántico, de savigny; el historicismo filosófico de hegel y de schelling. Se trata de una corriente doctrinal que podría denominarse de patriotismo jurídico, por cuanto se trata de inspirarse en el pasado nacional para afirmar la perpetuidad de la vigencia de pretéritas leyes, en posición reaccionaria o tradicionalista; o que predica la conveniencia de la continuidad, contra cualquier género de innovaciones, a más de conservar el pasado como archivo que oriente en la interpretación de las instituciones.