DISCUSIÓN ABIERTA [Foro] Foros NOTAS DE PRENSA DERECHOS del ciudadano ante LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

  • Creador
    Debate
  • #18049
    Bufete Online
    Moderador
    Número de entradas: 20
    SABER EN EL ACTO   
     
    El ciudadano tiene derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos en los que tenga la condición de interesado, así como a obtener copias de los documentos contenidos en ellos. 
     
    COPIA Y VUELTA  
    El ciudadano tiene derecho a recibir una copia sellada de los documentos originales que presenta ante una Administración y a que éstos se le devuelvan, excepto si forman parte del procedimiento que se tramita. 
     
    LENGUA MATERNA  
     
    Catalanes, vascos, gallegos y valencianos tienen derecho a utilizar su lengua autonómica, -cooficial con el castellano- en el territorio de su comunidad cuando se comunique con la Administración General del Estado. Los procedimientos que surtan efectos fuera de esos territorios deberán ser traducidos al castellano. 
     
    ALEGACIONES
     
    En los procedimientos administrativos, los ciudadanos tienen derecho a presentar alegaciones y aportar documentos en cualquier momento, incluso antes de llegar a trámite y audiencia. Estas alegaciones deberán ser tenidas en cuenta por el órgano que resuelva. 
     
    NO MAS PAPELES   
     
    No hay por qué presentar documentos que no se exijan en la normas del trámite que se traiga entre manos, ni tampoco aquellos que se encuentren en poder de la administración con la que se gestiona el asunto.  
     

    DÓNDE, QUÉ, CON QUIEN   
     
    Cuando un ciudadano necesita gestionar un asunto administrativo, tiene derecho a que se le informe y oriente sobre los requisitos jurídicos y técnicos recogidos en las normas previstas en los proyectos, actuaciones y solicitudes que se propone ejecutar.  
     
    ACCESO A REGISTROS  
     
    Los ciudadanos tienen derecho a acceder a los registros y documentos (en cualquier tipo de soporte)  relacionados con el expediente que tramiten. Sólo podrán serles denegados cuando prevalezcan razones de interés público, por intereses de terceros más dignos de protección o cuando así lo disponga la ley. El ejercicio de este derecho no debe afectar al funcionamiento de los servicios públicos.  
     
    TRATO DEFERENTE  
     
    Funcionarios y autoridades deben tratar con respeto y deferencia a los ciudadanos, a quienes deben facilitar el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.  
     
    INDEMNIZACIONES  
     
    Los particulares tienen derecho a exigir responsabilidades a las administraciones públicas y al personal a su servicio cuando les corresponda legalmente. Tienen derecho a ser indemnizados de las lesiones que sufra cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que sean consecuencia del normal o anormal funcionamiento de los servicios públicos. 
     
    Seguimos en contacto…

    ANTONIO ANTÓN
    Abogado 11.497 (ICAV)

    @bufeteonline.es
    @justiciacolectiva.es
    @radiosapiens.es/category/justiciaparatodos

    --------
    @sencillezyorden.es/users/bufete-online/favorites

  • Debes estar registrado para responder a este debate.