DISCUSIÓN ABIERTA [Foro] Foros NOTAS DE PRENSA Daños corporales por negligencia médica

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    Las personas en el último siglo han podido depositar su confianza en la medicina para solucionar los quebrantos de salud y combatir las enfermedades. Se ha dejado atrás la liturgia religiosa, apostando por un método científico y pragmático de curación.La ciencia constantemente aporta nuevos descubrimientos, lo que nos ha permitido alcanzar unos niveles de evolución y tecnificación muy esperanzadores. El descubrimiento de las células madres nos proyecta hacia un campo de aplicación amplísimo. La nanorrobótica nos permite interferir en el cuerpo humano a un nivel celular. Y así, otros muchos avances que nos llevan a un sistema sanitario altamente avanzado y moderno.
     
    A todo ello, se suma el alto grado de concienciación que tienen los expertos y las instituciones respecto del trato que deben recibir los pacientes. En años recientes, se ha ido descubriendo lo importante que es proporcionar un ambiente grato y deferencial para conseguir el éxito de los tratamientos y las operaciones.
     
    Por otro lado, los facultativos, incluyendo todas las ramas y derivaciones de la medicina, también cumplen con un código deontológico y una práctica de buen hacer conforme a su cualificación. Esto último, es lo que se llama la Lex Artis Médica.
     
    En definitiva, el ciudadano tiene una serie de garantías por las cuales puede confiar en que va recibir la atención adecuada para su dolencia. Para ello, se ha promulgado distintas leyes y normas destinadas a lograr el óptimo funcionamiento del sistema sanitario y el éxito de los tratamientos.
     
    A pesar, de existir esta legislación y diferentes mecanismos de prevención y control, se producen sucesos que pueden ser calificados de mala praxis. Es decir, casos de los que deriva una responsabilidad por los daños infligidos a un paciente por una intervención o un tratamiento sin haber seguido los protocolos y procedimientos establecidos.
     
    Por mala praxis, se entiende la actuación no conforme con la diligencia y buen hacer profesional que se puede exigir a un facultativo en el ejercicio de su actividad. Esta exigencia y rigor, es aplicable para todos los trámites y actuaciones que engloban su profesión: exploraciones, diagnósticos, tratamientos, operaciones quirúrgicas, prescripciones de fármacos y rehabilitaciones.
     
    En los supuestos en que se pruebe una vinculación o una relación de causalidad entre la atención sanitaria recibida y los daños personales causados, cabe interponer una demanda de reclamación de una indemnización por negligencia médica. Para verificar la concurrencia o no de negligencia, entra en juego un juicio valorativo conjunto de los siguientes factores: la cualificación del facultativo, las características del paciente, el grado de complejidad de la intervención o del tratamiento y el rigor en el seguimiento de los procedimientos de curación convencionales.
     
    De esta valoración se obtiene una conclusión en un sentido negativo o positivo. Por tanto, si la gran mayoría de los médicos, en idénticas condiciones, hubiera obteniendo el mismo resultado perjudicial al atender al paciente, se entiende que no existe negligencia. En caso contrario, cuando la gran mayoría no hubieran causado ningún daño, se entiende que existe responsabilidad.
     
    No basta con acreditar que otro hubiera hecho la intervención con óptimos resultados, sino que es necesario demostrar que la gran mayoría habría conseguido esos mismos resultados satisfactorios siguiendo con la práctica habitual y procedimientos estandarizados.
     
    A los efectos de determinar si se ha producido un quebrantamiento de la Lex Artis, va a ser necesario, el dictamen de un perito médico independiente que determine esta contravención y, por ende, la responsabilidad del facultativo basada en una actuación no adecuada o indebida.
     
    Aún teniendo presente lo comentado en este artículo, los lectores deben saber que las negligencias en el campo de la medicina, no suelen darse con habitualidad y, cuando acontece uno, es muy llamativo, por lo que se propaga muy rápidamente.
     
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    ANTONIO ANTÓN
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