es una doctrina de orientación empirista, que surgió en alemania durante el siglo pasado, con la pretensión de ser una ciencia general del derecho, o en otras palabras, una teoría general de la ciencia del derecho, destinada a sustituir a la filosofía jurídica (como es sabido, la filosofía era considerada por los positivistas como anticientifica y, por lo tanto, inútil y errónea). La teoría general del derecho fue calificada de "general", para diferenciarla de las ciencias jurídicas especiales, pues mientras estas tenían por objeto el estudio de las distintas ramas del derecho, aquélla era algo así como una ciencia general de dichas ciencias especiales, es decir, una síntesis y generalización de los resultados obtenidos por estas disciplinas. Y ese era el estudio más general que cabía hacer sobre el derecho. En conclusión, la teoría general del derecho es una doctrina que se registra en la historia de la filosofía jurídica, como un intento fallido de reemplazarla, que no tiene nada que ver con la llamada teoría fundamental del derecho y por ende, con la división de la filosofía jurídica.
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